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ITE información

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ITE - INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS

La ITE es una inspección que han de pasar los edificios del municipio en función de su catalogación y antiguedad para acreditar su estado de seguridad (viviendas, oficinas, comercio,etc)

Los propietarios tiene la obligación de pasar la ITE según plazos a requerimiento del Ayuntamiento ( los Concellos de A Coruña, Oleiros, Culleredo, etc, ya han aprobado reglamentos para las ITE)

En caso de viviendas o locales integrados en una Comunidad de Propietarios legalmente constituidas, el deber de inspección corresponde a la Comunidad.

La ITE se realiza por técnicos competentes (Arquitectos) y su coste será el libremente pactado con el profesional competente al que la Comunidad contrate para realizar la inspección

INSPECCIÓN DEL INMUEBLE

Los técnicos deben inspeccionar el inmueble y dictaminar sobre las condiciones de estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación.

  • Seguridad, estabilidad y consolidación estructurales, evitación de daños en el edificio que se originen o afecten a la cimentación, soportes, vigas, forjados, u otros elementos estructurales que comprometan directamente la resistencia y estabilidad del edificio.
  • Seguridad y estabilidad en elementos constructivos cuyo deficiente estado suponga un riesgo para la seguridad de las personas (caídas a vía pública, merma condiciones aislamiento y protección contra incendios)
  • Estanqueidad frente al agua, evitando filtraciones a través de la fachada, cubierta o del terreno. Estanqueidad y buen funcionamiento de las redes generales de fontanería y saneamiento.

DOCUMENTACIÓN MÍNIMA REQUERIDA (puede variar según criterios del Concello)

  • Acta e Informe en impreso oficial, firmado por Arquitecto y propiedad o representante, visada por el Colegio de Arquitectos en todas sus hojas.
  • Plano parcelario obtenido de la planimetría oficial del PGOM.
  • Fotografías en color exterior e interior
  • Inexistencia de Comunidad Propietarios, relación de todos los propietarios del inmueble (Nombre, apellidos, DNI y domicilio a efectos de notificación).
  • Toda documentación técnica (Acta, Informes, Planos y Fotografías) firmada por Arquitecto y visada.

PROCESO ADMINISTRATIVO (puede variar según criterios del Concello)

1. Expediente de ITE, comunicándoselo a la propiedad que consta en Catastro. Se concede plazo (un año en A Coruña) para la presentación de la documentación necesaria.

2. Transcurrido el plazo sin presentar la documentación o alegaciones, se comunica apercibimiento con nuevo plazo de tres meses improrrogables.

3. El expediente ITE se suspende si durante la tramitación se notifica solicitud de licencia obra. Realizadas las obras objeto de la licencia, debe presentarse Acta de ITE.

4. Presentada la documentación de ITE se comprueba la corrección formal de la misma y se procede a:

ITE FAVORABLE. Archivo del expediente y nueva ITE en 10 años. 

ITE DESFAVORABLE. Expediente deficiencias y obras necesarias para ITE favorable.

5. En caso de incumplimiento en la presentación se incoará expediente sancionador y expediente de ejecución subsidiaria por parte del ayuntamiento.